Autor Tema: importe multa por rebasar las medidas del vehiculo.  (Leído 11702 veces)

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Desconectado nautilus 157

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importe multa por rebasar las medidas del vehiculo.
« : 26 julio, 2012, 12:47:15 pm »
¡Hola a todos!.  Mi kayak sobrepasa el 15% del vehiculo. ¿Sabeís cual es la cuantia de la multa, si te cazan?.
un saludo.

Desconectado Drakkar.

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Re:importe multa por rebasar las medidas del vehiculo.
« Respuesta #1 : 26 julio, 2012, 19:48:43 pm »
No me hagas mucho caso, pero creo que andaba por los 80€. En el buscador puedes encontrar la respuesta idónea, buscando por el tema "V-20".

Desconectado Drakkar.

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Re:importe multa por rebasar las medidas del vehiculo.
« Respuesta #2 : 26 julio, 2012, 21:18:08 pm »
Rectifico. Entre 60 y 80 € (dependiendo de quien te pille).

Aquí se habla "largo y tendido" del tema:

http://www.kayakdemar.org/index.php?topic=13801.60

Otra manera de evitar multas, en caso de que inevitablemente sobresalga demasiado el kayak de tu vehículo y con permiso de nuevo de capitanrremo (y es que me gusta mucho la foto, y el pedazo de kayak  :wink: ).



Con esto, no necesitas ni "V-20", ni nada (bueno, solo un remolque pequeño de estos) y de paso, llevas la ropa y enseres mojados en el remolque, evitando suciedad y malos olores en el coche.
Strider2011, ha copiado el "invento" y se ha comprado uno de estos.
Lo malo (todo hay que decirlo), es que el llevar el remolque enganchado, limita la velocidad límite, un poco mas, que si no lo llevas.
Pero para el que su vehículo "no de la talla" (en el mejor de los sentidos), es una solución o quizás la única, sin tener que cambiar de coche, o de kayak.
Un saludo.
 :pirata:


Desconectado Piernodoy

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Re:importe multa por rebasar las medidas del vehiculo.
« Respuesta #3 : 26 julio, 2012, 21:27:36 pm »
Hola.

¿Y esto también serviría?



No sé si a ir a la bola de remolque, y con sus propias luces, contaría para aumentar la longitud del vehículo y así no sobrepasar ese 15%.

Sería una opción menos aparatosa, tanto para conducir como para guardarlo.

Saludos.

Desconectado jílar

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Re:importe multa por rebasar las medidas del vehiculo.
« Respuesta #4 : 26 julio, 2012, 21:42:40 pm »
Ciertamente me suenan mucho los 80 € que te comentan, pero, si mal no recuerdo, la multa (denuncia) era por no llevar la placa V-20 o llevarla mal colocada ( o sea, que no va legalmente realizando su función) en los casos que me constan relatados en el foro.

No me consta que la multa sea por lo que tú planteas exclusivamente, el hecho de sobrepasar el límite legal, el 15% indicado.

Mi lógica me dice que si te denuncia por ese hecho, únicamente, la cuantía debería ser mayor. Me parece una falta más grave, no sé.

Tú mejor no te arriesgues mucho ;) ... así que la V-20 ponla, como mejor prefieras, pero ponla.
Léete el tema que te indica Drakkar, y verás varias experiencias.
Buscando por V-20 o V20 seguro que encuentras más, añádele la palabra "multa" y pillas cacho seguro :P

Desconectado Drakkar.

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Re:importe multa por rebasar las medidas del vehiculo.
« Respuesta #5 : 26 julio, 2012, 22:17:14 pm »
Hola.

¿Y esto también serviría?



No sé si a ir a la bola de remolque, y con sus propias luces, contaría para aumentar la longitud del vehículo y así no sobrepasar ese 15%.

Sería una opción menos aparatosa, tanto para conducir como para guardarlo.

Saludos.
En este caso, el protabicicletas, es el que debe de llevar la V-20. Legalmente, para que se considere un aumento de la longitud del vehículo (el portabicicletas), debe de estar fijo al vehículo e inscrito en la Tarjeta de Inspección Técnica. Por lo que si va a la bola de enganche del remolque, debe de cumplir la norma de no exceder del 15% de la longitud total del vehículo y portar la dichosa placa. Distinto es, los portabicicletas que montan algunos modelos (creo que de Renault), que son retráctiles desde el paragolpes (estos si figuran como propios y fijos al vehículo).
En uno de estos temas, creo que fué a blackwater, lo multaron por llevar portabicicletas, sin bicicletas cargadas en el.  :shocked:
... Y es que, como se dice en estos temas de sanciones, dependerá de quien "te pille".  :police:
Saludos y suerte.
« Última Modificación: 26 julio, 2012, 22:24:21 pm por Drakkar. »

Desconectado rastafari de jerez

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Re:importe multa por rebasar las medidas del vehiculo.
« Respuesta #6 : 27 julio, 2012, 01:41:15 am »
Yo soy de los que piensa en ir todo lo legal posible y si para ello tienes que comprar la V20 no lo dudes asi no tendras que pagar el importe que te quieran poner por no cumplir las normas.

suerte.

Desconectado fugy

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Re:importe multa por rebasar las medidas del vehiculo.
« Respuesta #7 : 28 julio, 2012, 00:39:48 am »
Pues no es por desanimar, pero preguntado a uno de trafico en tui, la opcion del remolque no te salva de la multa, la longitud de la carga que puede llevar el vehiculo se mide por el vehiculo, mejor dicho, por la longitud del vehiculo que pone la tarjeta mas un 15%, el remolque no cuenta más que para su propia carga. Los soportes de bici en si mismos son una carga que vuela fuera del vehiculo, y tambien tienen que llevar la V-20, que por cierto son las unicas multas que tengo conocidos que se las clavaron por las cargas....

Si ya lo decia mi abuela....Si no es jod**....parece....

Desconectado Waldo

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Re:importe multa por rebasar las medidas del vehiculo.
« Respuesta #8 : 28 julio, 2012, 09:57:36 am »
Hola, debido a que tengo un coche pequeño, Opel City, siempre llevo remolque, cuando voy con el kayak monoplaza al no exceder la longitud total no pongo la V20, pero cuando llevo el K2 entonces si que me sobresale del remolque y pongo la susodicha placa, de momento no me han parado aunque me han visto en más de una ocasión, mi argumento es que cuando se transporta en un remolque una embarcación de vela, el palo de la misma, la mayoría de las veces con el fin de que no salga por detrás y tengan que poner la V20 lo pasan por encima del coche, y nunca los multan por ello, ¿porqué al llevar el kayak encima del coche y salir la carga sobre el remolque nos tienen que multar?

Desconectado Drakkar.

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Re:importe multa por rebasar las medidas del vehiculo.
« Respuesta #9 : 28 julio, 2012, 17:59:57 pm »
Pues consultando a un Ingeniero de Industria (el de la ITV), que conoce todo lo referente a la legislación de transportes y vehículos en España, creo que el Guardia Civil está equivocado.
Lo primero, es que hay que diferenciar entre “remolque” y “semirremolque”. El primero, se sustenta por si solo (normalmente, por tener cuatro ruedas y dos de ellas directrices). El segundo, aun pudiendo tener dos o cuatro ruedas, se apoya en el vehículo tractor (este es el caso del “semirremolque ligero de menos de 750 kg.”, que se adjunta en la foto).
De igual manera, la longitud de un camión articulado (“cabeza tractora” y “semirremolque”), se cuenta desde la parte delantera de la “cabeza tractora”, hasta la parte trasera del “semirremolque”, pues se considera todo, un solo vehículo (“camión articulado” o “conjunto de vehículos”). En el caso de un camión con un “remolque” enganchado, no es un “conjunto de vehículos”, sino un “tren de carretera”.
Respecto al portabicis, es cierto que dependerá de la longitud del vehículo al que se acopla. Por lo que hay vehículos pequeños, que se tendrán que limitar a portabicis de dos bicicletas y no a los de tres, (que son algo mas largos) y excederá del 15% de la longitud total del vehículo, teniendo que portar además, la V-20. De hecho, estos portabicis traseros, no han estado homologados en España, hasta hace relativamente poco tiempo.
Decir también, que ni en estos portabicis, puede sobresalir nada (ruedas, manillares, etc.), por los laterales del vehículo, ni puede sobresalir nada, por la parte trasera de los “remolques” y “semirremolques”. Lo único que puede sobresalir de un vehículo por los laterales, son los espejos retrovisores y unos espejos prolongadores, en caso de llevar enganchado un remolque o una caravana, que sean mas anchos que el vehículo tractor.

Desconectado nautilus 157

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Re:importe multa por rebasar las medidas del vehiculo.
« Respuesta #10 : 28 julio, 2012, 22:19:20 pm »
Buenas noches a todos y gracias por la info. Sí lo tengo claro es siempre V-20 y una red de camuflaje envolviendo la parte posterior del kayak. A esto, le sumamos abrirse ya, una hucha con las monedillas sueltas, para llegar a los 80 € de vellón... una pequeña contribución a la economia del pais, que podemos aumentar con un pequeño exceso de velocidad ante una placa de 80.
Saludos y mucha agua.

Desconectado jílar

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Re:importe multa por rebasar las medidas del vehiculo.
« Respuesta #11 : 28 julio, 2012, 22:40:18 pm »
Yo cuando lo estudié era como acaba de explicar Drakkar, quién no recuerda eso de "tren de carretera", "conjunto de vehículos", ... :)

En fin, un sistema como el de capitanremo es perfectamente legal, el coche y el carrito (ese carrito en cuestión) formando "un todo"
Eso sí, en esos casos no puede sobresalir nada de la planta del vehículo, o sea, ahí no hay ni 10% ni menos 15% de aumento a la hora de transportar algo sobre el "conjunto".

El carrito tiene que estar dado de alta en la ITV, y así, cuando se acopla a su coche, se considera un todo, tu coche pasa de medir los 4 veintipico a más de 5 metros largos, así que puedes llevar todo lo que mida menos o justo ese dato (largo del coche + largo del carrito, claramente especificados en sus documentos técnicos). Tal carrito debe llevar las luces traseras que así lo limitan, en fin un carrito homologado por la ITV.

Pero bueno, lo de que un agente se equivoque no debería extrañarnos, ya se ha contado algún que otro relato, y concretamente tratando del mismo tema.

Desconectado Drakkar.

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Re:importe multa por rebasar las medidas del vehiculo.
« Respuesta #12 : 28 julio, 2012, 23:23:55 pm »
Los "semirremolques ligeros", de menos de 750 Kg., están exentos de pasar ITV (aunque tienen Tarjeta de Inspección Técnica, como cualquier vehículo a motor), están exentos de llevar seguro (solo debe de figurar en la póliza del vehículo tractor, que este, posee enganche de remolque). Tampoco requieren matrícula. Por eso llevan repetida la misma matrícula del vehículo tractor, aparte de porque con el semirremolque enganchado, queda invisible.
Los remolques y semirremolques de mas de 750 Kg., tienen que llevar una matricula de color rojo, deben de pasar ITV y han de tener seguro, aparte de el del vehículo tractor.
Este de la foto de Capitanrremo, es un Erdé  y tiene algo mas de un metro (desde el enganche del remolque, hasta su parte trasera).
De todos modos, como se ha dicho en repetidas ocasiones con este tema o similares, es que dependerá del que te pare y su libre interpretación. En tu mano está después, el pagar la denuncia o recurrirla, con documentación y legislación en la mano.

Desconectado jílar

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Re:importe multa por rebasar las medidas del vehiculo.
« Respuesta #13 : 29 julio, 2012, 00:13:22 am »
Hola, debido a que tengo un coche pequeño, Opel City, siempre llevo remolque, cuando voy con el kayak monoplaza al no exceder la longitud total no pongo la V20, pero cuando llevo el K2 entonces si que me sobresale del remolque y pongo la susodicha placa, de momento no me han parado aunque me han visto en más de una ocasión, mi argumento es que cuando se transporta en un remolque una embarcación de vela, el palo de la misma, la mayoría de las veces con el fin de que no salga por detrás y tengan que poner la V20 lo pasan por encima del coche, y nunca los multan por ello, ¿porqué al llevar el kayak encima del coche y salir la carga sobre el remolque nos tienen que multar?
No había visto este mensaje, Waldo, no te confíes, que te vean y no te paren ( y multen) no quiere decir que no lo pueden hacer "legalmente". Tienes que saber que cuando llevas el kayak doble, si llevando carrito (semirremolque asumo, de menos de 750 Kg), el kayak sobresale por detrás de tal carrito, vas ilegal. Ni aunque lleves la placa V-20. Por lo que dice la normativa, con ese conjunto (coche más tu carrito) no puedes llevar nada que sobresalga por detrás del mismo.

Lo explica Drakkar luego de tu intervención, y yo estoy en que es así (lo cual digo en otras palabras en mi anterior respuesta).

Con esto te quiero decir que no debemos confiarnos. De hecho yo sé que voy ilegal (me confío, mi kayak mide más, poco más, de ese 15% límite que nos dan, y tampoco llevo la V-20 justo en el extremo como estipula la normativa), pero el día que me multen lo asumiré (y quizá cambie el sistema), y no me va a sorprender ello, que me puedan multar con todas las de la ley, quiero decir.

Lo que cuentas de los veleros, si te entiendo bien, pues nos multan por los kayaks que sobresalen porque simplemente no cumplimos la normativa.
Esas velas que dices que las colocan sobre el coche, para que no sobresalgan por detrás, créeme, si yo tuviera un kayak desmontable, lo llevaría desmontado, aunque sea ocupando todo "hacia arriba" de mi coche, y me libraba de que algo sobresaliera por detrás.

En la planta del vehículo podemos llevar lo que sea (creo que hay un límite razonable ... el del puente/gálibo próximo que te encuentres :D ), pero todo lo que salga de esa planta, para cualquier dirección, es un peligro, o así lo consideran las autoridades. Para delante está prohibido que sobresalga nada, para atrás nos permiten esos porcentajes, que ya es algo, les debíamos estar agradecidos :P

Desconectado Trollman

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Re:importe multa por rebasar las medidas del vehiculo.
« Respuesta #14 : 16 agosto, 2012, 11:42:44 am »
Estoy pensando que llevar un surfski, salvo que tengas un vehículo comercial, es siempre ilegal.

Ej, Mi coche es bastante largo, 4.80, le sumo un 15% y son 5.52. Cualquier surkski se va a los 6 metros mínimo.
Está a morrer xente que nunca morrera