Hola a todos:
Como bien saben todos aquellos que me conocen siempre ando preocupado con la normativa que nos pueda afectar a la hora de pescar desde el kayak. Efectivamente Kayuco tiene toda la razón y por mi parte empezaré a reunir toda la información posible para que desde nuestra Comunidad Autónoma (Andalucía) podamos al menos elaborar un borrador que modifique el Real Decreto por el que se regula la pesca recreativa en nuestra comunidad. Para ello habría que tener elaborado el borrador para poder proponerlo adjuntando las firmas necesarias para esta modificación, borrador que podría servir para las demás Comunidades Autónomas. es cierto que hasta ahora nuestra inercia era que si no te dicen nada pues no removamos el agua, por si acaso, pero si nos atenemos a las estadísticas de ventas de kayak por parte de los distribuidores, tarde o temprano aparecerá una regulación de esta actividad que a buen seguro alcanzará también la pesca. Por lo tanto no está de más que estemos preparados para este momento.
Para empezar voy a contactar con nuestros vecinos franceses, y a través del fabricante DAG con el que tengo buena relación vamos a ver cómo está regulado en Francia.
Al menos hasta lo que yo sé, en Francia para poder navegar en kayak de mar, ya sea autovaciable o cerrado, se necesita una carta de matricualción del kayak que se obtiene en la capitanía marítima de la región en la que vives. Para poder obtener la misma se necesita:
El DNI
La factura de compra
Certificado de construcción del fabricante de embarcación recreativa
Impreso de embarcación recreativa
Justificante de domicilio (posiblemente empadronamiento...)
Además tendremos que tener pensado un nombre para nuestra embarcación.
Si el kayak fuese de importación, fabricación artesanal o comprado de segunda mano, tendremos que rellenar un impreso de certificación bajo palabra, y en algunos casos tienen ciertos problemas al registrar el kayak.
Pues bien una vez que tienen su carta de matriculación, ésta será a su vez el permiso de navegación. Ahora bien para poder navegar hasta las dos millas necesitan cumplir ciertos requisitos de seguridad, que la mayoría de nosotros cumplimos sobradamente, a saber:
Chaleco salvavidas
Cabo de remolque
Pala de recambio, sólo para los monoplazas.
Para los kayaks cerrados, el cubrebañera para asegurar la estanqueidad de la embarcación.
en caso de kayak cerrado, bomba manual de vaciado.
Linea de vida
Luz de señalización.
Y para navegar hasta las cinco millas y siempre dos kayaks, los requisitos son además de los anteriores:
Una linterna de mano estanca
tres bengalas de luz roja
un compás
una bocina para la niebla
Una carta marina de la zona de navegación en la que estamos.
Un espejo de señales
Un dispositivo de ayuda al esquimotaje o flotador de pala para los kayaks cerrados.
esta carta de matriculación (de color azul) permite además la pesca desde kayak sin necesidad de conseguir una licencia adicional tal y como estamos pescando todos nosotros (licencia de pesca desde embarcación)
Y lo más importante, una vez conseguida la carta de matriculación ya estamos navegando a bordo de un KAYAK DE MAR y no desde un Objeto Flotante.
Por lo que nuestros esfuerzos iniciales deberían ir orientados hacia el reconocimiento de nuestros kayaks como tales y no como un ojbeto flotante...
Un saludo
Caballa