Autor Tema: Kayaks: embarcación o no embarcación  (Leído 6401 veces)

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Desconectado Xabier L

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Re:Kayaks: embarcación o no embarcación
« Respuesta #15 : 29 septiembre, 2016, 10:20:26 am »
Vamos a aclarar un poco esto para que no haya malos entendidos:
- Un kayak es un artefacto flotante, NO una embarcación. Por eso no necesita ninguna titulación, matriculación ni seguro. Está sujeto a las limitaciones de la DGMM, es decir, puede navegar sólo por Zona 7, aguas de abrigo y no separarse de la costa más de una milla (1852 metros). Siempre con luz diurna. Que quede claro que casi todos nos movemos en la ilegalidad.
- La DGMM considerará embarcación a todo barco, que no sea artilugio flotante; y si mide más de 2,5 metros de eslora tendrá que estar matriculado independientemente de que su propulsión sea a remo, motor, vela, cometa, o a pedos. A partir de aquí está el tema de las titulaciones náuticas, que es otro asunto.

Pues sí, Pérez Reverte tiene mucha razón, y en el tema náutico podríamos despotricar largamente las sinrazones de nuestro sistema inquisidor y sacacuartos. Harto de tanta burocracia di de baja la bandera española de mi velero y lo matriculé en Holanda.
Hace poco terminé de construir otra embarcación tradicional de vela-remo; matricularla en España me costaba más que el propio barco además de ser un proceso insufrible, menos mal que existen otras opciones: lo matriculé en Bélgica y en 15 días tenía los papeles en regla.

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Re:Kayaks: embarcación o no embarcación
« Respuesta #16 : 29 septiembre, 2016, 10:34:41 am »
En Asturias, en el BOPA que enlazo, a partir de la página 9568 está todo.  En otras comunidades existen otras publicaciones análogas que podéis buscar e incluso enlazar, sería un buen recopilatorio de la normativa que nos es de aplicación...

https://www.asturias.es/bopa/2002/07/20/20020720.pdf
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Re:Kayaks: embarcación o no embarcación
« Respuesta #17 : 29 septiembre, 2016, 15:04:33 pm »
Vamos a aclarar un poco esto para que no haya malos entendidos:
- Un kayak es un artefacto flotante, NO una embarcación. Por eso no necesita ninguna titulación, matriculación ni seguro. Está sujeto a las limitaciones de la DGMM, es decir, puede navegar sólo por Zona 7, aguas de abrigo y no separarse de la costa más de una milla (1852 metros). Siempre con luz diurna. Que quede claro que casi todos nos movemos en la ilegalidad.
- La DGMM considerará embarcación a todo barco, que no sea artilugio flotante; y si mide más de 2,5 metros de eslora tendrá que estar matriculado independientemente de que su propulsión sea a remo, motor, vela, cometa, o a pedos. A partir de aquí está el tema de las titulaciones náuticas, que es otro asunto.

Pues sí, Pérez Reverte tiene mucha razón, y en el tema náutico podríamos despotricar largamente las sinrazones de nuestro sistema inquisidor y sacacuartos. Harto de tanta burocracia di de baja la bandera española de mi velero y lo matriculé en Holanda.
Hace poco terminé de construir otra embarcación tradicional de vela-remo; matricularla en España me costaba más que el propio barco además de ser un proceso insufrible, menos mal que existen otras opciones: lo matriculé en Bélgica y en 15 días tenía los papeles en regla.

Clarita la explicación.    Manda huevos que tenga uno que matricular la embarcación en otro país  :lol:.    Con esto ya me lo dejas claro,    que nos dejen como estamos,  si a alguno le hace ilusión que se le llame barco a la piragua que se compre un barco y nos dejen al resto tranquilos.