Autor Tema: RESPONSABILIDAD CIVIL - PENAL  (Leído 22294 veces)

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Re:RESPONSABILIDAD CIVIL - PENAL
« Respuesta #60 : 18 diciembre, 2013, 19:47:26 pm »
"Hay por ahí otro tema en el foro que trataba de las compañías: "para seguridad , un seguro" o algo así. Estaría bien saber de las compañías de seguros que conozcáis que hayan resuelto aceptablemente algún tema de responsabilidad. Nosotros todavía no hemos tenido que tirar de la póliza de responsabilidad civil de nuestro club y no sabemos cómo nos tratarán, llegado el caso. De momento, para pagar el recibo del seguro, no hemos tenido ningún problema con la compañía ...  :D :D"

O aún sin saber si han resuelto algún tema...

Yo de momento sé que Murimar asegura un kayak doble con las coberturas de R.C. Obligatoria + Seguro de Ocupantes + Gestión de multas por 71,45€.  Es el mismo seguro que para las embarcaciones de recreo.  La "pega" es que es un seguro para un kayak concreto, no te cubriría si vas en otro... lo pregunté cuando no tenía el de mar individual, supongo que para ese bajará un poco el precio -un ocupante, no tres...-

Y por otro lado veo que Mapfre hace poco que sacó unos seguros multiriesgos que cubren esa R.C. explícitamente -la de navegar en cualquier cosa que no lleve motor-, tengo la consulta hecha, a ver qué me cuentan... pero claro, estos no cubren al/los ocupantes..., solamente es R.C.

Si la gente pone lo que conozca concretamente... sería interesante, con coberturas y precios... otra cosa es cómo responderían, pero bueno, a esas siempre estamos...

Igual un hilo nuevo que diga algo así como "¿Datos de vuestros seguros?"  Si hay interés que alguien lo abra, que yo ya vengo siendo muy pesado con esto...


 
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Re:RESPONSABILIDAD CIVIL - PENAL
« Respuesta #61 : 18 diciembre, 2013, 19:53:20 pm »
Por cierto, el de Murimar llevaría cosas interesantes como el que te roben el kayak estando en tierra en locales cerrados, los daños durante el traslado, etc. por poner un ejemplo... (creo que alguien lo preguntaba más arriba en este mismo hilo o en otro similar)

http://www.murimar.com/seccion/8/Embarcaciones-de-Recreo/

De las opcionales, el precio que me indicaron incluiría los accidentes de ocupantes, aunque hay más que se pueden solicitar:

http://www.murimar.com/seccion/106/Coberturas%20Opcionales/
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Re:RESPONSABILIDAD CIVIL - PENAL
« Respuesta #62 : 18 diciembre, 2013, 22:55:11 pm »
Creo que deberíamos dejar el tema de las compañías de seguros y tratar aquí solo de la responsabilidad. Para hablar de las compañías he visto que, por ejemplo, está este otro tema abierto:  http://www.kayakdemar.org/index.php?topic=16276.0.
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Re:RESPONSABILIDAD CIVIL - PENAL
« Respuesta #63 : 19 diciembre, 2013, 13:33:34 pm »
Todo  muy  bonito, pero  quien es capaz de  decir que las condiciones ( de  temporal,olas) son las  idoneas para practicar kayak, frente a una  acusacion de responsabilidades¿?

extraido  del   FOROBUCEO:

Fijaos en esta frase del informe de la UNAV: Hay riesgos que, aun siendo causa de un resultado lesivo, no son de los previstos por el legislador como típicos: se tratará de un riesgo permitido o aceptado socialmente.

Y en esta: Para imputar objetivamente, además de este elemento de creación del riesgo, es preciso constatar, en los delitos de resultado, que el resultado producido es realización del riesgo en cuestión y no de otros riesgos. Ello no será posible, i) cuando no haya una relación de causalidad entre riesgo y resultado (podría determinarse en virtud de la condicio sine qua non). Además, ii) tampoco será imputable el resultado producido cuando sea expresión de un riesgo totalmente ajeno al creado por el agente; es decir, cuando se ha interpuesto un factor de riesgo totalmente diverso. O iii) cuando no fuera evitable la producción del resultado. Es decir, cuando ni una conducta diligente hubiera podido evitar el resultado. En este último grupo de casos se recurre en la doctrina a un criterio de exclusión de la imputación basado en la probabilidad: si es casi seguro que una conducta diligente tampoco hubiera evitado el resultado, no procederá considerar típica la producción del resultado.


El tema es claro, para poder imputar (culpar) debe haber una relación directa entre la actuación y el resultado, no basta con ser el "más formado", o el organizador, o promotor (a título particulares, si hablamos de profesionales la cosa cambia).

También se confunde el hecho de que un centro tenga permisos y licencias, con el hecho de la responsabilidad penal. Si no tiene permisos hay que ver en qué afecta. Por ejemplo, si no tiene la instalación de carga homologada, y el accidente es por sobrepresión, y el análisis del aire indica que está bien, esa responsabilidad no es penal, es administrativa.

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Re:RESPONSABILIDAD CIVIL - PENAL
« Respuesta #64 : 19 diciembre, 2013, 17:25:46 pm »
...
El tema es claro, para poder imputar (culpar) debe haber una relación directa entre la actuación y el resultado, no basta con ser el "más formado", o el organizador, o promotor (a título particulares, si hablamos de profesionales la cosa cambia).

...
A mí eso ya me tiene más pinta de aplicar el sentido común, que es lo que me venía chocando por lo que decían otros.

El caso que comenta Drakkar, del hermano fallecido de una familia con varios hermanos socios del club, si denunciaron es al Club en concreto, no a Drakkar como persona, contactan con él por ser el presidente (responsable último del Club ... el Club en sí no es una persona, tiene que haber alguien que reponda, pero ojo, una cosa es responder/tratar el tema y otro tener responsabilidad legal como individuo ¿o no?). Tampoco me quedó claro si esa actividad, en la cual finalmente murió este socio (pero no federado) era organizada por el club o simplemente eran dos amigos que se conocían, socios ambos del club, pero que van a su bola a trepar alguna pared. Como muchos escaladores hacen.
Y bueno, después analizar el accidente en sí, por supuesto.

Pienso que en un juicio, si el caso es que esos dos escaladores van a trepar por su cuenta (aún estando como socios del club), se podría llegar a comunicar legalmente con el Club, su presidente o quien esté dispuesto a aclarar todas las preguntas del juez, pero siendo una actividad que surge por parte de ambos escaladores, independiente del club, ni el Club ni ningún presidente se verán imputados.
A menos quizá, que hayan llevado material del club y éste haya sido el causante del accidente. Por ejemplo, usar una cuerda que ya estaba para tirar, o un arnés que a la vista aparenta perfectamente pero ya tiene sus años a las espaldas y lo más prudente sería retirarlo.

En fin, a mí me costaba entener que por ejemplo, creo un tema aquí para una quedada desorganizada, cada cual va bajo su responsabilidad (todos somos mayorcitos para saber dónde nos metemos y con quién), al final va una pila de gente, y yo en concreto me la pierdo (como me pasa últimamente). En ella hay un accidente. Y a mí que me busquen responsabilidad civil, por haber creado el tema, pero ni ir a la quedada.
O incluso yendo, pero sin haberme visto implicado directamente en el accidente. ¿Me explico?
Ni aunque llevara más años de experiencia (que no lo creo)

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Re:RESPONSABILIDAD CIVIL - PENAL
« Respuesta #66 : 27 diciembre, 2013, 22:24:46 pm »
Esta noticia tiene un fondo muy serio, del que hablaba Malaka Nauto cuando reabrió el hilo (... la prestación de auxilio tampoco es una opción, es una obligación...).
En este caso hay una fallecida y "... la policía detuvo a los dos acompañantes, ..., por un presunto delito de omisión del deber de socorro, y ha agregado que la investigación sigue abierta y judicializada."
« Última Modificación: 27 diciembre, 2013, 22:28:21 pm por Mular. »
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Re:RESPONSABILIDAD CIVIL - PENAL
« Respuesta #67 : 27 diciembre, 2013, 22:48:17 pm »
En mi opinión, está muy bien comentar estas noticias, pero sin perder de vista de lo que hablamos.
La noticia habla de unas detenciones, pero no por organizar una bajada, elegir una pista u otra (o un fuera de pista) o por ser los detenidos esquiadores altamente cualificados, sino, como dice Mular, por un presunto delito de denegación de auxilio. Y la denegación de socorro es algo que puede darse en cualquier ámbito de la vida cotidiana, sin necesidad de estar asociado a un deporte ni actividad de riesgo. Recuerdo hace algunos años una polémica en torno a si los servicios de urgencias de los hospitales debían salir a la calle para atender a un peatón atropellado o a una persona infartada en las inmediaciones de la puerta de un hospital. Creo recordar que hubo algún caso de imputación por denegación de auxilio, precisamente.
En este casó la noticia - que tampoco conviene creer a pie juntillas -no se centra en cuestiones de las que hemos tratado en este hilo (responsabilidad por organizar, responsabilidad por veteranía...) a lo que hay que añadir que tratamos de una legislación que no es la española y que yo al menos, desconozco...
« Última Modificación: 27 diciembre, 2013, 23:13:41 pm por Malaka Nauto »
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