La pesca........, está extremadamente regulada. ahora bien, lo hacen las comunidades autónomas, lo que quiere decir que cada una legisla en base a sus intereses. Por ejemplo, en Asturias, no existe licencia de kayak, solo desde embarcación, costa o submarina y con carácter general solo puedes usar dos cañas o sedales con un máximo de 6 anzuelos y un máximo de 5 kg. de capturas por persona. Acabo de hacer un resumen a lo bestia del decreto de pesca marítima de recreo. Entiendo que el kayak, con buena voluntad, en este caso lo podrías asimilar a embarcación, la otra alternativa, mientras no se regule es no pescar. A mayores, creo que en ningún sitio dice que no se pueda pescar desde un artefacto flotante.
Por otro lado, me temo que si se regula el registro de kayak como embarcación, no creo que hagan una lista especial, por lo que lo más seguro es que te encuadren en alguna de las otras, lo que automáticamente nos convierte en un bien que puedes transmitir y sin duda por lo que tendrás que pagar, compra bengalas, vhf, más el curso para manejarlo, inspecciones de seguridad, certificados de navegabilidad, etc., etc. y un extintor para cuando echemos humo por las orejas.
Vaya rollo acabo de soltar
Un saludo
Rafa Bernardo