Yaju, no sé el tipo de carta que te ha llegado, pero si es para una multa, lo normal es que venga el importe de ella, y si pagas en tal tiempo pues una rebajita.
Con esto te quiero decir que posiblemente no haya multa económica, estoy suponiendo ojo, que me choca, pero también no me cuadra que si te van a empapelar no te indiquen la cantidad.
Estoy contigo en que seguramente haya otras actividades más peligrosas que debieran controlar, pero al fin y al cabo, al que pillan es con quien actúan, hay que aceptarlo. Ni se me ocurriría echarle en cara a un agente que si no tiene otra cosa mejor que hacer.
Yo sólo tengo la experiencia de tener que recurrir en un tema muy diferente, pero al final, informándome y sabiendo lo que dice la ley en concreto (en esa carta te han de especificar con detalle la norma, ley, real decreto, etc... o varios, por los que te denuncian, estúdiatelo, aunque si está prohibido navegar de noche sin ninguna duda, difícil lo veo que arregles) pues uno puede recurrir sabiendo a lo que se enfrenta. En mi caso, me imponían una multa por portar cuatro "armas" según la denuncia, tras estudiar la norma por la que me denunciaban pude reclamar y dejar claro que tres de ellas no eran armas, sino herramientas, como las que puede usar un carpintero, o trabajador forestal.
Tuve que pagar por la que sí era "arma", pero gané una rebaja de la multa inicial. Faltaría más

Añadir que cuando decimos de noche, si no me equivoco, realmente es 1 hora antes del ocaso, o sea, aún es de día (se ve que hay luz todavía), y en teoría ya no se puede navegar en nuestros kayaks. Al menos así sucede en la pesca, por ejemplo.