Autor Tema: Multa por descenso RIO ESLA (León) AYUDA URGENTE!  (Leído 11869 veces)

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Desconectado pepoo

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Re:Multa por descenso RIO ESLA (León) AYUDA URGENTE!
« Respuesta #15 : 07 enero, 2015, 11:39:34 am »
Que verguenza de pais

Si te roban el kayak seguro que no se molestan en mover un dedo .....

Desconectado pegasus

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Re:Multa por descenso RIO ESLA (León) AYUDA URGENTE!
« Respuesta #16 : 20 enero, 2015, 12:51:06 pm »
Lo peor es que ejemplos de este tipo hay un monton en este pais, y no solo del mundo del kayak, no sé si es que queremos parecer un país más adelantado que los demás, pero en democracias mucho más antiguas que la nuestra no se contempla pagar por esto.

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Re:Multa por descenso RIO ESLA (León) AYUDA URGENTE!
« Respuesta #17 : 20 enero, 2015, 20:22:36 pm »
un país mas adelantado jajajaja :lol:.Lo que se contempla en este país es  aprovecharse y vivir solo  unos pocos de todos los demás 

Desconectado Jasper

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Re:Multa por descenso RIO ESLA (León) AYUDA URGENTE!
« Respuesta #18 : 20 enero, 2015, 22:02:44 pm »
España es un país hermoso, y su gente más aún. Pero tengo que admitir que a veces me extrañan mucho sus normas. Pago anualmente una tasa de unos ochenta euros para "el derecho" de navegar en un pantano local (lo de Orellana). Hay que llevar matrícula, hacer trámites complicados, etc. Lo de los ríos peor aún, varios ríos españoles parecen completamente inaccesibles por la ley, al menos de lo que entiendo yo.

En mi país anterior, es decir Holanda (pero creo que en casi todos países europeos), todos los aguas son públicos, incluido todos los ríos. Pues todo esto me quedó con la boca abierta. Mis paisanos apenas me creen cuando les cuento estas cosas.

Y para qué?? En las oficinas hidrográficas me cuentan que es para evitar que al ambiente se ensucie. No puedo creer que hay muchos de nosotros que no respeten la naturaleza. Entonces, los malos ponen la ley?
Yo votaría por sanciones bastante fuertes para los que tiran su basura en el ambiente, pero dejar en paz los amantes que disfrutan de la naturaleza en una manera respetuosa.

Hay algún partido político que lleva este tema en su agenda?   

Menos mal que la belleza de los paisajes españoles compensan por todo :wink:
"Bueno" o "malo" no son características del tiempo, sino invenciones humanas. Justo como el tiempo mismo.
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Re:Multa por descenso RIO ESLA (León) AYUDA URGENTE!
« Respuesta #19 : 21 enero, 2015, 16:58:44 pm »
...
Hay algún partido político que lleva este tema en su agenda?   

Menos mal que la belleza de los paisajes españoles compensan por todo :wink:
A ver si ahora en las próximas elecciones "podemos" hacer algo  :D

Desconectado jílar

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Re:Multa por descenso RIO ESLA (León) AYUDA URGENTE!
« Respuesta #20 : 21 enero, 2015, 17:22:27 pm »
Por cierto, para multa escandalosa, ahí vemos  :shock:

Se ve que va todo automatizado, con máquinas que detectan las matrículas y no hay una persona, al menos con dos dedos de frente, que compruebe cada multa  :D
http://www.diaridetarragona.com/reus/32026/multan-un-coche-que-iba-subido-en-una-grua-por-exceso-de-velocidad

Desconectado franmina

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Re:Multa por descenso RIO ESLA (León) AYUDA URGENTE!
« Respuesta #21 : 22 enero, 2015, 11:49:51 am »
Jasper con mucho gusto te lo aclaro, desde luego la respuesta que te han dado en las oficinas de las cuencas hidrogr?ficas es totalmente incorrecta, otra cosa es que en determinados tramos o embalses se prohiba o limite una determinada actividad debido a las razones que te dan, pero por regla general nada m?s lejano de la "sublime" realidad, posiblemente en tu pa?s no est?is acostumbardos a la "sutileza jur?dica" de nuestros legisladores que, cual faro de Alejandr?a, alumbran la oscuridad en la que otros se ven sumidos.  :evil: :evil:

As?:

Se ha comentado que no se entiende c?mo es que en Espa?a se necesita pedir una autorizaci?n administrativa para navegar con nuestros kayaks por aguas interiores (r?os, embalses y pantanos) que en la mayor?a de los casos conlleva tambi?n el pago de una ?tasa?.

Alguien comenta que en otros pa?ses de nuestro entorno (el europeo) nada de esto es necesario y se quedan con ojos  de lechuza, aclarar que desconozco c?mo legislan en otros pa?ses este tema, pero lo que s? que conozco es el razonamiento jur?dico de nuestros ?amados? legisladores para establecer esos requisitos, puede ser que en otros pa?ses todav?a no han llegado al nivel de ?excelencia? alcanzado por nuestros legisladores, porque hay que ser realmente bueno para llegar a los ?matices jur?dicos? a los que se llega en nuestro pa?s, y lo digo sin co?a, si se hubiesen aplicado con la misma exquisitez para afrontar otras ?peque?eces? como la corrupci?n, el paro, financiaci?n ilegal de partidos o por ejemplo el control de obras p?blicas fara?nicas?., pero en aras de su buen criterio y sentido com?n, eso son peque?eces que no merecen su atenci?n, y hay que aplicarse a fondo en los temas realmente prioritarios y acuciantes como el que aqu? nos ocupa de gran transcendencia nacional.

Ahora lo ver?is, efectivamente estamos hablando de bienes de dominio p?blico, es decir los destinados al uso general o servicio p?blico; como las playas, mar territorial, zona mar?timo terrestre, caminos, calles, plazas, carreteras?. o aquellos a los que una ley les otorgue esa consideraci?n: r?os, embalses, pantanos, (Ley de aguas) algunos montes, los edificios p?blicos?.etc.

Por lo tanto el dominio p?blico puede ser usado por todos de forma gratuita y sin pedir ?permiso? , pero como puede que exista alg?n uso por parte de algunos que impide el uso por otros (un quiosco en una acera) (un chiringuito en la playa) se distingue entre USO COM?N y USO PRIVATIVO, en el ?ltimo caso se somete a autorizaci?n administrativa y al pago de una tasa (una forma de pagar a la sociedad por un uso exclusivo de una peque?a parte de lo que es de todos, dinero que la sociedad emplear? en beneficio de todos, cosa que por supuesto nadie duda), incluso llegando al caso de la concesi?n, pero vamos para hacernos una idea, es suficiente, hasta aqu? m?s o menos l?gico.

Me dir?is: pues entonces ir con el kayak por un r?o (dominio p?blico), no impide el uso del r?o por otros usuarios, y tampoco es que te quedes dos meses en el r?o o embalse, simplemente paseo por el mismo como podr?a ir nadando, es decir ser?a un USO COM?N, por el que NO tendr?a que pedir permiso, NI pagar.

?Alto ah?! Ya me imaginaba que alg?n troglodita de pocas entendederas podr?a llegar a esa conclusi?n, pero eso ser?a de mentes mediocres que no han llegado a la sutileza y finura con la que se puede legislar en un pa?s, en el que si tenemos a los mejores jugadores de f?tbol del planeta, no seremos menos a nivel legislativo, faltar?a menos, ?que no estamos en una rep?blica bananera!

Pues bien, dentro del USO COM?N, se distingue entre un uso com?n GENERAL y un uso com?n ESPECIAL.  Esto es la ?leche?, no me dig?is que no hay que ser realmente bueno para catalogar un uso de un bien, como de ?USO COM?N ESPECIAL?, el hecho de que seg?n los diccionarios ?especial? sea el ant?nimo de ?com?n?, no es para quitarles m?ritos o criticarles, sino para elevarles al ?olimpo? jur?dico del cual nunca deb?an de haber bajado, sea dicho.

Y sigo sin estar de co?a, es como os cuento, por lo tanto tenemos, un USO COM?N GENERAL, lo que hacemos cuando caminamos por una calle, o nos ba?amos en una playa, que responde a cubrir una necesidad ?General? y por lo tanto es: libre, igual para todos y gratuito.

Pero existen actividades que, sin impedir el uso de los dem?s, pueden conllevar una cierta peligrosidad, o un uso m?s intenso por unos que por otros, como por ejemplo: la venta ambulante en una calle, el que un veh?culo pase por encima de una acera para acceder (vado) a su propiedad, garaje o lo que sea, es obvio que esto es algo que afecta a la Seguridad Nacional, objeto de control, por lo que para estos supuestos tenemos la figura jur?dica del; USO COM?N ESPECIAL, que por supuesto (ya lo habr?is adivinado) necesita de la previa autorizaci?n administrativa y por regla general conlleva el pago de una tasa, para de esta forma restituir a la Sociedad ese mayor uso de un bien general (dominio p?blico) que nuestros gobernantes sabr?n darle el mejor uso posible en beneficio de todos.

Y, como no espero menos de vosotros, ya habr?is concluido que navegar con un kayak por un espacio de dominio p?blico (normalmente una masa de agua, de lo contrario estamos j?) supone un USO COM?N ESPECIAL DEL DOMINIO P?BLICO, sometido a autorizaci?n administrativa y pago de tasa. (Aunque no en todos los casos)

As? por ejemplo, mirad lo que se dice en mi CCAA (Catalu?a) en el modelo de declaraci?n responsable aprobado al efecto:

?Las actividades sometidas al r?gimen jur?dico de la declaraci?n responsable, son:
? La navegaci?n de particulares, o bien de clubes deportivos, empresas o federaciones en r?os, lagos o embalses, con una o diversas embarcaciones (remo, vela y motor).
? La celebraci?n de pruebas deportivas u otras actividades de navegaci?n de car?cter l?dico y espor?dico.?

Y sigue: 

?Las tablas de windsurf, los denominados patos o tubo float y las embarcaciones que no est?n en motor con eslora inferior a 2'50 m se consideran artefactos complementarios en el ba?o sujetos al r?gimen de los usos comunes generales del dominio p?blico hidr?ulico y no necesitar?n la presentaci?n de declaraci?n responsable para su uso4) (s?lo se podr?n utilizar en las masas de agua donde no est? prohibido el ba?o).?

Observad que dice que en estos casos est?n sometidos al USO COM?N GENERAL, y por lo tanto no est?n sometidos a esta declaraci?n, aunque no lo dice de forma expresa se entiende que el resto de actividades est?n sometidas a la declaraci?n responsable porque est?n dentro de lo que se denomina USO COM?N ESPECIAL.

Por lo dem?s, s?lo a?adir que por supuesto llegados hasta aqu?, la Administraci?n (Cuencas Hidrogr?ficas) son las que establecen los distintos usos de los diferentes embalses o pantanos o r?os, o tramos de los mismos, por razones varias, como por ejemplo, en per?odos de nidificaci?n de especies protegidas o en sitios de especial inter?s ecol?gico, por lo que saber a ciencia cierta porque tramos de los r?os, o en que embalses, o en qu? ?pocas, se puede navegar o no en kayak, se vuelve tarea ardua y compleja, por eso lo de pedir la declaraci?n responsable y en su caso ya te denegar?n el permiso de forma motivada, por supuesto.

Ya sab?is, sobre todo para los que naveg?is por aguas ?interiores?, la pr?xima vez que navegu?is con vuestros kayaks ser conscientes que est?is haciendo un: USO COM?N ESPECIAL DE UN BIEN DE DOMINIO P?BLICO.  (Sometido a autorizaci?n administrativa y pago de la tasa correspondiente, en su caso)

De momento, lo anterior no es aplicable al mar que tambi?n es dominio p?blico, (dentro de los l?mites de nuestro mar territorial), debe de ser debido a su tama?o, pero pensad que no podemos estar en las zonas habilitadas para el ba?o, y debemos entrar y salir por las zonas balizadas al efecto,  es este caso todav?a estamos haciendo un USO COM?N GENERAL, pues de momento s?lo somos ?artefactos flotantes?.

Saludos.

« Última Modificación: 22 enero, 2015, 20:10:57 pm por franmina »

Desconectado pegasus

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Re:Multa por descenso RIO ESLA (León) AYUDA URGENTE!
« Respuesta #22 : 22 enero, 2015, 13:52:42 pm »
Me has dejado sin palabras. La leche. :pirata: :pirata:

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Re:Multa por descenso RIO ESLA (León) AYUDA URGENTE!
« Respuesta #23 : 22 enero, 2015, 15:14:29 pm »
Me lo contaron y lo olvidé; lo vi y lo entendí; lo hice y lo aprendí

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Re:Multa por descenso RIO ESLA (León) AYUDA URGENTE!
« Respuesta #24 : 22 enero, 2015, 16:44:51 pm »
Muy bien franmina.  :pirata:
Solo se te ha escapado explicar el eufemismo "declaración responsable", término inventado por nuestros finos legisladores, como tú les llamas, para que los ciudadanos no nos demos cuenta de que sigue siendo necesaria una autorización, y pensemos que se trata de poner en un papel que nos vamos a comportar como es debido...
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Re:Multa por descenso RIO ESLA (León) AYUDA URGENTE!
« Respuesta #25 : 22 enero, 2015, 17:50:33 pm »
Ya puestos a hilar finos en el pliego de descargo, yo haria lo siguiente :

1 ) buscar una barca inchable infantil ( de menos de los famosos 2.5 m.)
2 ) coger la camara de fotos, cambiarle la fecha al reloj, vestirme con el neopreno y hacerme una foto de esa guisa con la barca y el remo al lado. Mi camara tiene una opcion para que aparezca esa fecha sobreimpresa en la imagen (ademas que en el archivo jpg se te guardara la hora y fecha de la toma, la que tu has puesto )
3 ) adjuntar esa foto al pliego de descargo ( texto escrito con word + insertar imagen ), imprimirlo y enviarlo

Si hay presuncion de inocencia, ahora deberian ser ellos los que presentasen una prueba que demostrase lo contrario a lo que tu dices.  Tu tienes el negativo digital de la foto con la fecha de la toma u la imagen para demostrar que el artefacto de baño era de juguete.

El balon estara en su tejado.

Meditalo.

Un saludo


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Re:Multa por descenso RIO ESLA (León) AYUDA URGENTE!
« Respuesta #26 : 22 enero, 2015, 18:18:18 pm »
 franmina deberías presentarte por algún partido político, mi voto ya lo tendrías...
Por lo menos ministro si que llegas...

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Re:Multa por descenso RIO ESLA (León) AYUDA URGENTE!
« Respuesta #27 : 22 enero, 2015, 21:53:04 pm »
No, pauagullo, con esos engaños poco lograrás.

Por un lado está que la autoridad, a efectos jurídicos, es más fiable lo que digan ellos que lo que alegue una persona cualquiera.
Vamos, que no es como entre dos personas que si no hay acuerdo es la palabra de uno contra la del otro = situación de igualdad.
Si la autoridad dice una cosa, y tú lo contrario, le dan prioridad a la versión de la autoridad (menos cuando se trata de un político, como estamos viendo en el caso de E. Aguirre)

Con los radares al menos está todo bien organizado y si nos cazan  nos tienen bien cazados.
Pero en muchas otras denuncias, simplemente es la versión del agente la que figura en tal denuncia. La cual firmamos, para que conste que la hemos recibido, no quiere eso decir que estemos conforme con la denuncia (es decir, el agente tiene su versión, y tú puedes tener otra diferente).
En este caso el propio denunciado les aportó el dato de la eslora, la cual anota el agente en tal denuncia (claro que no hay conversación grabada, que confirme que así fue). Otra cosa es que el agente le dijese "lo voy a denunciar porque esto mide más de 2,5 metros" y el denunciado le dijese, "No, yo no creo que tenga tanta" (cuando realmente el kayak mide 3,8).
En este caso el agente debería medir, delante del denunciado, para determinar la eslora y que no haya posible discusión a ese respecto.

Al final, siempre va a figurar en la denuncia la versión del agente. Y es la que toman por válida.

Las alegaciones posteriores tienen que ser conformes a la ley, y a la verdad.

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Re:Multa por descenso RIO ESLA (León) AYUDA URGENTE!
« Respuesta #28 : 03 febrero, 2015, 19:43:17 pm »
Felicidades franmina. Me gusta tanto el fondo como el cachondeito de la forma, que es la única manera de tomarse esta injusta y arbitraria forma de robar dinero al contribuyente que ya paga impuestos.
Como ya he rajado lo mío sobre este asqueroso tema que tiene más de latrocinio que de justicia, os dejo este enlace para que se vea que no solo en España se abusa de los kayakistas:
http://www.diariosanrafael.com.ar/component/k2/31623-kayakistas-locales-reclaman-por-el-cobro-de-la-matricula-de-navegacion
Nunca sopla viento favorable para el marino que no sabe en qué puerto fondear

Que inapropiado llamar Tierra a este planeta, cuando es evidente que debería llamarse Océano

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Re:Multa por descenso RIO ESLA (León) AYUDA URGENTE!
« Respuesta #29 : 03 febrero, 2015, 20:09:53 pm »
Gracias, la verdad es que la mayoría de las cosas mejor tomárselo con humor, de lo contrario acabas en el diván del psiquiatra de turno.

La noticia que enlazas de Argentina ¿no?.

Saludos para los kayakistas del otro lado del Atlántico, por si alguno recala por este foro.