¡Bienvenidos a España!
El organismo que rige los destinos de todo buque, barco o artefacto flotante (no militar o policial) que se mueva por aguas españolas es la Dirección General de Marina Mercante (DGMM). Y sus cabezas pensantes incluyendo a los Capitanes Marítimos, son todos oficiales de la Marina Mercante, que creen que cualquiera que se adentre en el mar más allá de lo que cubren las rodillas sin llevar en sus hombreras galones de oficial de la Marina Mercante son unos locos peligrosos a los que hay que atar muy corto, porque, si no, intentarían cruzar el Atlántico en una colchoneta.
Y, a eso, une la amistad entre la DGMM y ANEN (Asociación Nacional de Empresas Náuticas), un lobby que busca que todo el equipamiento que compran los navegantes tenga que estar homologado por la DGMM y vendido por ellos, lo que les asegura un buen margen de beneficio.
Si, hasta ahora, no había una regulación específica sobre kayaks de mar, probablemente fuera porque, al ser una afición bastante minoritaria, en la Capitanía Marítima pensaran que eran solo cuatro gatos con kayaks autovaciables que apenas se alejaban unos cientos de metros de la playa. Pero igual algún alto cargo de Capitanía vio unos kayaks alejados de la costa, y su primer pensamiento fue: "¿Pero a dónde van esos locos? ¡Esto hay que regularlo ya!".
¿Chalecos? ¿Trajes secos? ¿VHF portátil? ¿Bengalas? ¡Ni se os ocurra decirles que los lleváis, que aún os caerá una multa!
Llevar material no homologado, llevar una emisora sin la correspondiente Licencia de Estación de Barco ni el título de Operador Restringido de Telecomunicaciones, como la bengala esté caducada un solo día... el multazo que puede caer es de los que te llevan a acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad.