La entrada de Kakilambe sobre normativa de los pantanos de Alava y Cantabria
http://www.kayakdemar.org/index.php?topic=8894.0 ha derivado en nueva información sobre la navegación continental, que merece divulgarse mas ampliamente en este foro.
La pregunta inicial ha derivado en información de la aplicación por parte de la CHE de una nueva normativa para la "navegación y flotación en la Cuenca del Ebro".
Gracias a la información aportada por Uxama, he estado investigando la nueva normativa de navegación en aguas continentales que se esta implantando en España.
Esta nueva normativa viene condicionada por una nueva ley (25/2009) que traspone directivas europeas. Una de cuyas finalidades es "suprimir las barreras y reducir las trabas que restringen injustificadamente el acceso a las actividades de servicios y su ejercicio".
Esta nueva ley modifica varias leyes en vigor, y entre ellas la Ley de Aguas. Modificando los artículos 51, 78 y y 116.
Resumiendo pasamos de necesitar una "autorización administrativa" a una "declaración responsable" para poder navegar por el dominio publico.
Este matiz es muy importante, ya que solo se pueden cobrar tasas, según el articulo 112 de Ley de Aguas, por "concesión o autorización administrativa". Por lo tanto en principio no nos tendrían que cobrar tasas apelando, como hasta ahora, a ese articulo.
Además se agiliza la tramitación a solo 15 días desde la entrada en registro de dicha solicitud (presentándolo en el registro de la confederación o una Oficina de Correos). Además un cambio importante de la nueva ley, aprobada en diciembre pasado, es que el silencio administrativo se entiende como estimada la solicitud.
El plazo declarado puede ser de hasta doce meses. Parece que se desliga el permiso de los años naturales, y tendría que tener vigencia para los siguientes 12 meses desde la fecha de la solicitud (la CH del Cantabrico parece mantener el año natural).
Revisando la ley, se ve que es de obligado cumplimiento para todas las confederaciones hidrográficas, que deberían ajustarse cuanto antes a la nueva legislación vigente. Haciendo una primera investigación rápida mediante INTERNET:
Confederaciones ya adaptadas a la nueva normativa de la declaración responsable:
- CH del Ebro.
- CH del Guadiana
- Agencia Catalana de l'Aigua
- CH del Cantabrico.
Confederaciones no adaptadas, usando normativa anterior, y posiblemente fuera de la ley:
- CH del Guadalquivir
- CH del Tajo
Confederaciones en las cuales no he sabido averiguar cual es la normativa actual:
- CH del Duero.
Del resto de confederaciones no he tenido tiempo de investigar.
Por lo que se puede ver en las webs de las CH que se han adaptado a la nueva normativa, han desaparecido las tasas. Aunque alguna CH se resiste a no cobrarnos algo, alegando una tasa por matriculación de la embarcación (CH del Guadiana).
Parece que por fin se abre un rayo de sol entre los nubarrones que pesaban sobre la navegación continental en kayak. Solo queda el problema de que si quieres navegar por varias confederaciones tu kayak tendrá que llevar matriculas de todas ellas (tamaño medio 7 a 10 cm de alto y un mínimo de 7 caracteres).