General > General

Normativa para Certrificado de Responsabiliad Kayak de 2.44m

<< < (2/2)

Inuk:

--- Cita de: sirvillo en 13 julio, 2021, 11:58:40 am ---Perdón por el off topic, pero si se consideran "artefactos complementarios al baño", entonces quiere decir que se regirán por la normativa de baño y no por la de navegación (por ejemplo, en Picadas -aquí en Madrid- ahora mismo está prohibido el baño, pero permitida la navegación)

--- Fin de la cita ---

Pues si esta permitida la navegación y no el baño, mi lógica me dice que mientras que no metas parte de tu cuerpo en el agua, te mantengas dentro o sobre el kayak y no vuelques (muy poco probable en un pantano), no se estaría bañando sino navegando y por tanto se estaría cumpliendo la norma. Otra cosa es que te toque la mala suerte de encontrarte con un agente de la autoridad que interprete las normas con su " propia lógica".

Inuk:

--- Cita de: c4rlos en 13 julio, 2021, 13:31:33 pm ---
--- Cita de: Inuk en 13 julio, 2021, 11:45:29 am ---Estuve mirando hace poco lo dr los permisos para la cuenca del Ebro (CHE) y las cuencas interiores de Catalunya y eso leí:


"Los tipos de embarcaciones obligadas a disponer de la Declaración Responsable son las embarcaciones a remo o pala, vela y motor (ya sea eléctrico o de combustión) con una eslora mayor de 2,5 metros y que estén tripuladas desde el interior."

"En el caso de las embarcaciones menores de 2,5 m. no es necesaria la tramitación de la Declaración Responsable.
Tampoco lo han de hacer las tablas de windsurf , de Paddle Surf y los llamados Patos de los pescadores ya que se consideran artefactos complementarios al baño."

--- Fin de la cita ---

Esto no lo he encontrado en la CHE, seguramente he buscado mal.

Un día que a la vuelta paramos a darnos un capuzón en Lanuza (embalse de la cuenca del Ebro, CHE), unos agentes del Seprona hicieron sacar una colchoneta hinchable a unos holandeses que estaban con sus hijos. Les explicamos un poco los motivos para suavizar la situación porque no se entendían con los agentes.

--- Fin de la cita ---

Los Parrafos no son sacados directamente de la CHE, sino de una web de Catalunya que trataba de todos los embalses en Catalunya.

Esto si que es un  copia y pega de la CHE:

"Las tablas de windsurf, kitesurf, paddle surf, los patos o tubo float sin motor, las barcas y bicis acuáticas a pedales y las
embarcaciones de fabricación casera usadas en pruebas puntuales supervisadas por una organización, se consideran
artefactos complementarios del baño sujetos al régimen de los usos comunes generales del Dominio Público Hidráulico y no
precisarán la presentación de declaración responsable para su uso(solamente se podrán utilizar en las masas de agua donde
no esté prohibido el baño)."
http://www.chebro.es/contenido.visualizar.do?idContenido=15419

Lo de la colchoneta, no entiendo el por qué.

Tardano:

--- Cita de: Inuk en 13 julio, 2021, 17:16:52 pm ---
Los Parrafos no son sacados directamente de la CHE, sino de una web de Catalunya que trataba de todos los embalses en Catalunya.

Lo de la colchoneta, no entiendo el por qué.

--- Fin de la cita ---

Pues no lo sé. Entiendo que lo de la colchoneta era por el tema de larvas, aunque sea discutible; eso nos dijeron los del Seprona en aquella ocasión y así se lo transladamos a la familia esa. La verdad es que entiendo muy poco de moluscos, más bien nada.

En la documentación que facilita de la CHE cuando pides la licencia incluyen instrucciones para desinfectar todo: no solo la embarcación sino chalecos, palas, etcetera. Mi presunción, por otro lado poco sólida, era: si  los del Seprona dicen que una colchoneta no se puede meter, estarán informados y es que no se podrá meter y, por extensión, un kayak pequeño tampoco. Pero no puedo afirmarlo.



--- Cita de: Inuk en 13 julio, 2021, 17:16:52 pm ---

Esto si que es un  copia y pega de la CHE:

"Las tablas de windsurf, kitesurf, paddle surf, los patos o tubo float sin motor, las barcas y bicis acuáticas a pedales y las
embarcaciones de fabricación casera usadas en pruebas puntuales supervisadas por una organización, se consideran
artefactos complementarios del baño sujetos al régimen de los usos comunes generales del Dominio Público Hidráulico y no
precisarán la presentación de declaración responsable para su uso(solamente se podrán utilizar en las masas de agua donde
no esté prohibido el baño)."
http://www.chebro.es/contenido.visualizar.do?idContenido=15419


--- Fin de la cita ---

En este párrafo había entendido que "usadas en pruebas puntuales supervisadas por una organización" se refería a toda la enumeración, y no solo a las embarcaciones de fabricación casera; sobre todo porque los siguientes párrafos siguen ahondando en el tema.

Fulan0:
Buenas, creo que hay un poco de lío con esto. El tema de los permisos depende del uso que vayas a hacer del Kayak y no de su tamaño. Es decir, como mide menos de 2,50m no tienes obligación de sacar el permiso de navegación siempre y cuando lo utilices como un artefacto de baño (solo lo podrás utilizar en zonas donde esté permitido el baño). Si quieres navegar libremente, en zonas habilitadas para la navegación pero no para el baño, necesitas el permiso. Y ojo, porque normalmente las zonas de baño son realmente pequeñas. Para lo poco que cuestan los permisos, no merece la pena discutir con el Seprona...

Agumal:
En general no son muy estrictos con los permisos si no nos metemos delante de las narices del guarda
En mi opinión no te denuncian más que algunas empresas de alquiler de embarcaciones y cuando se sospecha mejillón cebra que es lo que están vigilando más ahora. El Seprona nunca me ha dicho nada.
Y por supuesto si mide menos de 2.5 m es como unos manguitos de peque. Lo que pasa es que si vas de pantano en pantano puedes diseminar el famoso mejillón y esto ya digo que lo controlan mucho. Tendrías que presentar un certificado de desinfección en instalación autorizada que son pocas y caras.

Navegación

[0] Índice de Mensajes

[*] Página Anterior

Ir a la versión completa