Un momento: ¿alguien que vea las imágenes puede tener la menor duda respecto la imprudencia cometida por ambos palistas?
Si así fuese le recomendaría que se leyese esto:
EXTRACTO DE REGLAMENTO INTERNACIONAL
PARA PREVENIR LOS ABORDAJES EN EL MAR
1. Definiciones generales
1.1. La palabra "buque" designa a toda clase de embarcación, utilizada o que pueda ser utilizada como medio de transporte sobre el agua.
1.2. La expresión "en navegación" se aplica a un buque que no está ni fondeado, ni amarrado a tierra, ni varado.
1.3. Se entenderá que los buques están a la vista uno de otro únicamente cuando un puede ser observado visualmente desde el otro.
1.4. La expresión "velocidad reducida" significa toda condición en que la visibilidad está disminuida por niebla, bruma, nieve, fuertes aguaceros, tormentas, o cualquier otra causa análoga.
1.5. Por "eslora" y "manga" se entiende a la longitud y anchura máxima del buque.
2. Evitar el tráfico marítimo
2.1. Para maniobras de buques en el mar, el reglamento de abordaje viene a ser como el de tráfico para los coches en tierra, intercambiando las palabras estribor por derecha, proa por parte delantera, etc.
2.3. El tráfico marítimo se concentra en las entradas y salidas de los puertos, entradas a canales, en los estrechos, durante las regatas, en la navegación de canales y de ríos.
2.4. Todos los buques mantendrán en todo momento una eficaz vigilancia visual y auditiva, para evaluar plenamente la situación y riego de abordaje.
3. Maniobras para evitar el abordaje
3.1. Si las circunstancias lo permiten, toda maniobra que se efectúe para evitar un abordaje será llevada a cabo en forma clara, con la debida antelación respetando las buenas prácticas marineras.
3.2. Siempre que las circunstancias lo permitan deberán evitarse los cambios sucesivos de rumbo.
3.3. Si es necesario, como (las piraguas) somos buques que estamos obligados a no estorbar el tránsito o tránsito seguro de otro buque, maniobraremos conveniente, reduciremos la velocidad y/o pararemos.
4. Navegación en Canales angostos
4.1. Los buques que naveguen a lo largo de un paso o canal angosto, se mantendrán lo más cerca posible del límite exterior del paso o canal que quede por su costado de estribor, siempre que puedan hacerlo con seguridad o sin que ello entrañe peligro. Si vamos en grupo ir uno detrás de otro en fila lo más cerca posible, para evitar ocupar el ancho del canal.
4.2. Todo buque que desee cruzar el canal, no estorbará a los que sólo puedan navegar con seguridad dentro de este paso o canal. Evitar cruzar de uno en uno, reagruparse, esperar, y cruzar en paralelo todos al unísono cuando no estorbemos el tráfico.
5. Dispositivo de separación del tráfico
Es el establecimiento de circulación en una zona costera de mucho tráfico marítimo. Dentro de estos dispositivos se observarán las siguientes normas:
5.1. Navegar por la vía de circulación apropiada, siguiendo la dirección general del tráfico, manteniéndose apartado de la zona de separación.
5.2. Al entrar en una vía de circulación hacerlo por sus extremos. Si se entra por uno de los márgenes laterales hacerlo con el menor ángulo posible en relación con la dirección general de tráfico.
5.3. Se evitará cruzar las vías de circulación, pero en caso de hacerlo se hará lo más perpendicular posible a ellas.
5.4. Los buques menores no estorbarán el tráfico de una vía de circulación, navegarán por la zona costera, lo más apartado del dispositivo que les sea posible.
Perdón por la extensión.
Saludos,
Rafa