Me ha despertado la curiosidad esto del rescate... ¿como funciona para los de aquí?
Si el rescate lo ha hecho Salvamento Marítimo, solo cobrará a una naviera (en caso de que así se hubiese tratado). Al ser un “artefacto flotante” (o un bañista), serán las autoridades marítimas o Capitanías, las que pasen factura (en caso de que exista infracción por negligencia) o costas del rescate, si así lo consideran.
Los rescates, dependerán de las CCAA en donde se realicen, a excepción de las que se hagan por Salvamento Marítimo (que es estatal) y que se cobre o no, dependerá de las autoridades marítimas de la zona en donde se realicen. Es decir, son las Capitanías las que establecen la normativa de uso de las zonas costeras, así como las sanciones de los que la incumplan.
Si el rescate lo realizan operativos distintos (que no sea Salvamento Marítimo), como puede ser Protección Civil, Cruz Roja, Bomberos, Guardia Civil, 061, 112, etc., dependerá de lo que haya establecido en esa Comunidad Autónoma u organismo de quien dependa. Incluso algunos Ayuntamientos toman competencias de sus zonas de baño, quedando reguladas sanciones administrativas en Ordenanzas Municipales.
Hay en el foro mucho escrito sobre el cobro de rescates. Pero la cosa está cambiando (por suerte o por desgracia) y la tendencia es progresiva, al cobro a los negligentes e incluso en algunos sitios, de un canon de uso y horas de trabajo de los operativos que intervengan. La verdad, es que cada actividad conlleva un riesgo y cada uno debe de asumir la parte que le toca (mas aún, si la conducta es negligente y poniendo en peligro la propia vida y las de los rescatadores). Para eso están las compañías de seguros y el que no lo tenga, que se atenga a las consecuencias.