La pesca desde kayak no es ilegal, sino "alegal" (quiere decir, que hay un vacío legal al respecto). Como bien te han contestado, al no considerarse el kayak una embarcación, sino un artefacto flotante, no está regulado estrictamente por ninguna licencia de pesca vigente (hasta ahí es la teoría).
En Andalucía al menos, los compañeros de Peskama (pásate por su blog, que encontrarás todo lo que te expongo y mucho más), se reunieron con los responsables de la Consejería de Agricultura y Pesca, para intentar regular la situación y así parar algunas denuncias que habían cursado ya los beneméritos.
Al entender estos responsables de tal alegalidad, transmitieron a estos solicitantes, la tranquilidad de que se estudiaría, habida cuenta del gran número de aficionados a la pesca en kayak (y que a día de hoy, sigue creciendo exponencialmente).
Dicho esto y como las denuncias de los beneméritos, se cursan a la administración competente (en este caso a las Comunidades Autónomas) y en Andalucía por tanto, a la Consejería de Agricultura y Pesca, se comprometieron a "paralizarlas" . Es decir, que a día de hoy, aunque algún benemérito despistado haya denunciado a algún usuario de kayak, por pescar en aguas andaluzas, han quedado sendas denuncias encima de la mesa de estos responsables (y allí quedarán hasta que prescriban).
En un futuro intentarán no obstante la regulación de nuestra actividad, con la inclusión de una cuarta licencia de pesca o incluirnos definitivamente en la de "pesca desde embarcación", por ser la que más se asemeja a nuestra realidad. De momento, todo el que pesca en Andalucía, lo hace con esta licencia (que yo sepa).
¡Ojo! En el caso de artes ilegales, no te ampara lo anteriormente dicho. Por ejemplo en Andalucía, donde existe una licencia profesional de pesca de cefalópodos, queda totalmente prohibida la pesca deportiva de estas especies. Por lo que si te pillan con una de estas capturas o simplemente con un señuelo específico para ellas, la multa no hay quien la pare. Con las tallas mínimas, iden
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Asimismo, las denuncias de los beneméritos, en las que el hecho sea de distancias a la costa superiores a las dos millas, también se cursarán, ya que la autoridad que regula esto, ya no son las Comunidades Autónomas, sino las Capitanías Marítimas, que son de ámbito estatal (Fomento) y con estas no hay acuerdo posible (de hecho no quieren oír nada de kayaks, sin pasar por matriculaciones, o sea, "pasar por caja").
En este caso, tienes que tener mucho cuidado al respetar las distancias y no acercarte lo más mínimo al límite, pues aunque tu GPS te diga que estás dentro de ese límite, seguro que el de los beneméritos no opina igual y será tu palabra contra la de ellos (y seguro que sales perdiendo).