Bueno, debido a la proliferación de lanchas y motos de agua en mis zonas habituales de salida, y elriesgo que conlleva ademas dela incomodidad, estoy pensando en pasarme a las aguas interiores.
El caso es que he estado investigando un poco... y he llegado a uncallejon sin salida.
El caso esque si vas a solicitar la declación responsable de navegación y flotación, para artefactos flotantes de mas de 2,5 metros de eslora, es necesaria la matriculación. y te cita al Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques donde en el articulo 2 define las embarcaciones que necesitan de la matriculación, y en cuyo apartado q se lista lo siguiente:
«Artefactos flotantes o de playa»: artefactos proyectados con fines recreativos o deportivos, de los siguientes tipos:
i)Piraguas, kayacs, canoas sin motor y otros artefactos sin propulsión mecánica.
ii)Patines con pedales o provistos de motor con potencia inferior a 3.5 kW.
iii)Motos náuticas.
iv)Tablas a vela.
v)Tablas deslizantes con motor.
vi)Instalaciones flotantes fondeadas.
vii)Otros ingenios similares a los descritos en los puntos anteriores que se utilicen para el ocio
Y apartir de aqui ya me pierdo, especialmente porque no comprendo el procedimiento ni el formulario necesario...
Alguien tiene experiencia?