A continuación os copio, por si es de vuestro interés, la información referente al Seguro de Responsabilidad Civil que he contratado a mi nombre particular para la Concentración.
Estimado Alfonso:
Como continuación a lo comentado telefónicamente, te paso datos referentes a precio y coberturas para la posible póliza de Responsabilidad Civil destinada a la concentración que teneís prevista en el próximo mes de noviembre.
Te aclaro las siguiente cuestiones:
1.-Las primas que se reflejan para cada una de las opciones son netas, lo cual supone que hay que añadirle los impuestos correspondientes (apróximadamente un 6,5%).
2.-El abanico de exclusiones es amplio, puesto que la póliza está pensada par garantizar los daños de los que deban responder los organizadores y NO los daños cometidos por los participantes en los que no haya responsabilidad de la organización. Un participante causa un daño como consecuencia de algo imputable a la organización, tiene cobertura; ahora bien, si el daño es por negligencia única y exclusiva del participante, no tiene cobertura.
Por lo demás, decirte que disculpes la demora en la cotización, pero como te comenté telefónicamente, este tipo de riesgos requieren su estudio, puesto que no es tomar una tarifa predeterminada como por ejemplo un coche o una casa.
Recibe un cordial saludo,
Alberto Presas.
DIRECTOR DE RED EXCLUSIVA.
Asegurado: POR DETERMINAR.
Actividad: Organizador de concentración de aficionados al Kayak con dos excursiones
en Kayak al Mar Menor y Cabo Palos y Taller para aprender a construir palos/remos
de tipo groenlandés. Juegos.
Duración: 4 días. Del 1 al 4 de noviembre
Garantía: Explotación y Patronal.
Garantía: Opción A. 150.000,00 € por siniestro y duración.
Opción B. 300.000,00 € por siniestro y duración.
Exclusiones: Daños a/entre participantes y equipos.
R.C Sanitaria.
Prima neta: Opción A. 400,00 €
Opción B. 575,00 €
Franquicia: 300,00 €
1º.- Objeto del Seguro
En los términos y condiciones consignados en este contrato, EL ASEGURADOR toma a su cargo la responsabilidad civil extracontractual que pueda derivarse para el Asegurado, dentro de los límites de la ley y del presente contrato, como civilmente responsable, por los daños corporales, materiales y perjuicios a consecuencia de ellos, involuntariamente ocasionados a terceros por hechos que tengan relación directa y deriven del riesgo especificado en las Condiciones Particulares.
2º.- Responsabilidad Asegurada
Por consiguiente, dentro de las coberturas del seguro queda comprendida la responsabilidad civil del Asegurado, por actos y omisiones propios y de las personas de quienes deba responder, derivada de:
1. La actuación del personal del organizador, tales como directores de carrera, comisarios deportivos, cronometradores y cualquiera otras personas delegadas del organizador, así como de las personas encargadas del servicio del orden.
2. La colocación de pancartas, aparatos de megafonía e iluminación.
3. La responsabilidad derivada de las pruebas y otros actos preparatorios.
3º.- Exclusiones Específicas de la Actividad Asegurada
Queda excluida de las coberturas de la póliza, y en ningún caso estará cubierta por EL ASEGURADOR, la responsabilidad civil del Asegurado, por:
1. Daños ocasionados a los locales e instalaciones que sean utilizados para el desarrollo de los actos objeto del seguro.
2. Daños sufridos por los animales y los equipos de los participantes en la prueba o competición.
3. La propiedad, uso o utilización de embarcaciones, aeronaves y vehículos a motor.
4. El hundimiento total o parcial de tribunas desmontables o que hayan sido instaladas con carácter provisional, pasarelas, estradas, carpas y tiendas de campaña.
5. Reclamaciones por intervención de los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad estatales, autonómicos o locales.
6. Actos celebrados en sitios que no estén debidamente señalizados, protegidos o acotados, si la señalización, protección o acotamiento son preceptivos u obligatorios dadas las características de la competición.
7. Robo, hurto o extravío en general.
8. La responsabilidad derivada de lanzamiento de objetos, bengalas, cohetes, etc.
9. La responsabilidad civil de los participantes, salvo pacto expreso en contrario que deberá constar en las condiciones particulares.
10. Los daños que se ocasionen los participantes durante la práctica deportiva, que sea considerado como Accidente y no sea imputable a la responsabilidad del asegurado.
FINALMENTE SE HA CONTRATADO LA OPCIÓN B CON GARANTÍA POR 300.000 EUROS